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ONU dictamina detención arbitraria de Castillo; Perú no tiene obligación de liberarlo

Un grupo de expertos de la ONU recomendó liberar al expresidente peruano. Castillo cumple condena de 11 años por rebelión tras su intento de autogolpe en 2022.
Imagen ilustrativa
sábado 11 de julio de 2026 · 08:21 UTC

El Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria publicó el jueves un informe. Concluye que la detención de Pedro Castillo fue arbitraria. Recomienda su liberación inmediata.

Castillo reaccionó en redes sociales el viernes. Calificó el dictamen de «histórica decisión». Afirmó que confirma «de manera inequívoca» que su encarcelamiento careció de justificación.

En su publicación en X, el exmandatario sostuvo que «funcionarios del sistema de justicia y organizaciones políticas maquinaron» su arresto. Acusó además de haber «fabricado» la figura de flagrancia y un supuesto «alzamiento en armas que nunca ocurrió», según sus palabras.

Castillo apeló a organismos nacionales e internacionales para que acaten «de inmediato» lo dispuesto por la ONU. Advirtió que ignorarlo colocaría al Estado peruano «en una condición de abierta rebeldía» frente al derecho internacional.

Los hechos, sin embargo, están documentados. Castillo cumple una condena de 11 años de prisión. El delito: rebelión por el intento fallido de autogolpe en diciembre de 2022. Intentó disolver el Congreso y convocar una nueva constituyente. Enfrenta además un proceso por presunta corrupción y liderazgo de organización criminal.

Las recomendaciones del Grupo de Trabajo de la ONU no son vinculantes. Ningún tribunal peruano está obligado jurídicamente a acatarlas.

Pulso Global observa lo siguiente. Castillo no es un preso político perseguido por sus ideas: es un condenado por intentar destruir el orden constitucional. Usar el dictamen de un panel de expertos de la ONU para reencuadrar un autogolpe fallido como «detención arbitraria» es un ejercicio de propaganda, no de derecho. El Estado de derecho peruano no debería ceder ante presión de organismos sin poder coercitivo. La estabilidad institucional y la propiedad de las sentencias firmes valen más que el aval de un comité en Ginebra.

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