ARGENTINA (Pulso) — El presidente Javier Milei firmó el DNU 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. La norma modifica la Ley de Migraciones. Incorpora nuevas causales de impedimento de ingreso y cancelación de residencia.
Las causales: mensajes de odio orales o escritos, incitación a la violencia por nacionalidad argentina y participación en ultrajes a símbolos patrios. La Dirección Nacional de Migraciones podrá intimar a abandonar el país o disponer la expulsión directa.
El decreto aclara un límite expreso. No quedan comprendidas las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas protegidas por la Constitución.
El Ejecutivo argumentó que los mensajes de odio contra el pueblo argentino aumentaron «considerablemente» en los últimos meses. Sostuvo que representan «un riesgo para los ciudadanos» y vulneran la convivencia. Citó un fallo de la Corte Suprema: toda nación soberana puede prohibir el ingreso de extranjeros bajo las condiciones que «juzgue libremente prescribir».
Minutos después de la publicación, la Oficina del Presidente difundió un comunicado en X. «La defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable», expresó Milei. «Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país».
El decreto lo firmaron también el jefe de gabinete Diego Santilli y los ministros Luis Caputo, Federico Sturzenegger, Juan Bautista Mahiques y Sandra Pettovello, entre otros. Entra en vigor este viernes 31 de julio. La Comisión Bicameral del Congreso tiene diez días hábiles para pronunciarse.
La primera voz crítica llegó desde el propio espacio no oficialista. El exsenador Esteban Bullrich, de Juntos por el Cambio, publicó en X: «El Presidente libertario, el faro de la libertad de Occidente, firmando un decreto para echar o no permitir la entrada al país de personas por sus opiniones en contra de la Argentina, es la estupidez más grande del 2026».
Pulso Global observa la tensión de fondo. El decreto defiende un principio legítimo: la soberanía migratoria. Toda nación tiene derecho a fijar sus condiciones de admisión. El límite constitucional incorporado en el texto es relevante; sin él, el instrumento sería indefendible. La pregunta que el Congreso deberá responder es si un DNU es el vehículo adecuado para ampliar causales de expulsión, o si esa decisión exige debate legislativo. El reloj de diez días hábiles ya corre.


