ARGENTINA (Pulso) — La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme un fallo contra Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA). La empresa debe hacer, en un plazo máximo de seis meses, las obras necesarias para garantizar la calidad y potabilidad del agua de red en Bragado.
El máximo tribunal rechazó el recurso de la empresa. ABSA había alegado una intromisión en la autonomía provincial.
La causa comenzó en 2013. Un grupo de vecinos impulsó una demanda por las altas concentraciones de arsénico en el agua. Pruebas técnicas e informes de la Facultad de Bioquímica y Farmacia de la UBA confirmaron niveles de hasta 0,07 mg/l.
Ese nivel supera los límites permitidos. Los vecinos pidieron una acción de amparo para obligar a la provincia a hacer las obras necesarias. También señalaron a la Provincia de Buenos Aires como responsable del acuífero del cual se sirve ABSA.
En 2021, el juzgado de Garantías del Joven 1 de Mercedes ordenó iniciar las obras en 180 días. Además fijó parámetros máximos para arsénico, nitratos, flúor y sólidos disueltos.
Luego, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín ratificó la orden. Después, la Suprema Corte bonaerense confirmó la decisión. Finalmente, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron inadmisible la presentación de ABSA.
La resolución deja una señal clara. Cuando el aparato estatal falla en un servicio básico, la Justicia termina marcando el límite.
También vuelve a poner el foco en la gestión de los recursos públicos. Agua potable no es una consigna. Es una obligación mínima para cualquier provincia que quiera dar previsibilidad y orden a sus vecinos.