COLOMBIA (Pulso) — La Corte Suprema de Justicia ordenó al agente interventor de Nueva EPS, a la Superintendencia Nacional de Salud, al Ministerio de Salud y a la Presidencia de la República presentar un plan institucional en un plazo máximo de 60 días.
El plan deberá mostrar cómo se cumplirán las órdenes de tutela pendientes. Deberá priorizarse a pacientes en riesgo grave e inminente y a sujetos de especial protección constitucional.
La decisión la adoptó la Sala de Decisión de Tutelas No. 3 de la Sala de Casación Penal. El origen: una tutela de Salomé Henao González, exgerente regional noroccidente de Nueva EPS.
Henao González acumuló sanciones de cientos de despachos judiciales por incumplimiento de fallos. La Corte concluyó que eso obedecía a una falla estructural de la entidad, no a su conducta personal. El tribunal levantó todas las sanciones de arresto, multa y cobro coactivo contra ella.
El fallo es contundente: «La falla no es episódica o aislada, sino estructural, preexistente a la vinculación de cualquier representante legal específico», según el documento.
La Superintendencia intervino Nueva EPS en abril de 2024 por problemas financieros, operativos y administrativos. La crisis persistió tras la prórroga de esa medida y nuevas actuaciones cautelares en 2025 y 2026. Los problemas documentados incluyen incremento de tutelas y desacatos, fallas en entrega de medicamentos y asignación de citas.
La Corte fue directa: «Es el Estado interventor, de una entidad que el mismo declaró en crisis funcional y financiera, quien debe asumir las consecuencias institucionales».
Lectura editorial. El aparato estatal colombiano intervino Nueva EPS, tomó el control y luego trasladó el costo a funcionarios individuales. La Corte cerró esa salida. Ahora el Gobierno de Petro debe responder con hechos, no con decretos. Millones de afiliados esperan servicios que el Estado prometió garantizar. El reloj corre: 60 días, plan concreto, jueces vigilando. La responsabilidad ya no tiene dónde esconderse.


