COLOMBIA (Pulso) — La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó este viernes al representante a la Cámara Pedro José Suárez Vacca por prevaricato por acción agravado en modalidad de delito continuado.
Los hechos ocurrieron entre 2008 y 2009. Suárez Vacca ejercía entonces como juez Quinto de Ejecución de Penas de Tunja, Boyacá. Según el fallo, concedió y mantuvo prisión domiciliaria a Lelio Nevardo Ávila Santana, condenado por tráfico de estupefacientes agravado y secuestro simple. La Ley 750 de 2002 prohibía expresamente ese beneficio para condenados por secuestro.
La Corte determinó que las decisiones del 23 de enero de 2008 y del 15 de septiembre de 2009 no fueron actuaciones aisladas. Según el tribunal, en la segunda decisión el entonces juez ya conocía la condena por secuestro simple y aun así ratificó el beneficio.
El fallo impuso una pena de 68 meses y 24 días de prisión. También fijó una multa de 99,99125 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para ejercer funciones públicas por 110 meses y 11 días.
La Corte negó tanto la suspensión condicional de la pena como la prisión domiciliaria. En consecuencia, ordenó librar orden de captura una vez la sentencia quede en firme.
El tribunal rechazó el argumento de la defensa. Según el fallo, la explicación basada en «carga laboral, dinámica judicial y posible inducción en error» no resultó de recibo. El alto tribunal precisó: «La responsabilidad del procesado se sustenta en el conocimiento y la voluntad de apartarse del derecho al proferir las providencias cuestionadas», según el documento.
Como medida de restablecimiento, el fallo obliga a Suárez Vacca a publicar un resumen de la sentencia y una manifestación escrita de excusas públicas dirigida a la Rama Judicial, al Estado colombiano y a la sociedad. La decisión admite recurso de apelación ante la Sala de Casación Penal. Un magistrado presentó salvamento parcial de voto.
Confirmado. Un legislador del bloque oficialista del Pacto Histórico llega al banquillo por decisiones que beneficiaron a un condenado por narcotráfico y secuestro. El aparato estatal funcionó: la Corte actuó sin necesidad de acreditar cohecho ni contraprestación económica. El principio en juego es elemental — un juez que conoce la ley y la ignora no merece el cargo ni la curul. La orden de captura, una vez firme el fallo, será la prueba de que las instituciones aún pueden más que la impunidad.


