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Corte Suprema blindó a la Amupa: $7.8 millones públicos sin rendición de cuentas

El fallo declara constitucional el flujo de fondos hacia la asociación de alcaldes, pese a que la entidad no ha presentado un solo informe al Ministerio de Economía desde que rige la norma.
Imagen ilustrativa
domingo 16 de agosto de 2026 · 06:43 UTC

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá declaró no inconstitucional el artículo que obliga al Gobierno central a transferir el 1% de los recursos destinados a juntas comunales y alcaldías a la Asociación de Municipios de Panamá (Amupa).

Entre 2021 y 2025, la Amupa recibió alrededor de $7.8 millones, canalizados a través de la Autoridad Nacional de Descentralización (AND). Los fondos provienen del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y del Programa de Inversión de Obras Públicas y Servicios Municipales (PIOPS).

La demanda la presentó Roberto Ruiz Díaz, vicealcalde de la capital en licencia. Alegó que se transfieren fondos públicos a una «asociación de carácter privado» no regida por las normas de la administración pública. Señaló además que ese 1% supera en ocasiones lo que reciben algunos municipios subsidiados.

«Con este fallo se ha blindado a la Amupa para que reciba fondos de descentralización, sin ser un ente público», dijo Ruiz Díaz según el documento.

El magistrado ponente, Olmedo Arrocha, sostuvo que los recursos buscan «facilitar actividades de coordinación, representación, asistencia técnica y fortalecimiento institucional». El procurador general, Luis Carlos Gómez Rudy, respaldó esa lectura: argumentó que la eficiencia de la descentralización exige mecanismos de cooperación intermunicipal.

El dato más incómodo lo aportó la propia AND: la Amupa no ha presentado informes mensuales, trimestrales ni anuales al Ministerio de Economía y Finanzas desde que se implementó la normativa.

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Pulso Global observa lo siguiente. La CSJ resolvió la cuestión constitucional, no la de transparencia. Que una entidad privada administre $7.8 millones del contribuyente sin rendir cuentas formales al MEF no es un detalle menor: es el núcleo del problema que el fallo deja intacto. El dinero de los ciudadanos panameños merece trazabilidad, sin importar cuán legítima sea la figura jurídica que lo recibe. La ausencia de informes no es un tecnicismo; es una señal de alerta para cualquier gobierno que proclame orden fiscal.

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